A- de 2024
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Electrificadora De Santander Sa Esp·Demandado Fiscalia General De La Nacion
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Proceso judicial para cobro de facturas por prestación de servicios públicos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 13 Administrativo del Circuito de Bucaramanga y el Juzgado 16 Civil Municipal de Bucaramanga.
Se presenta la controversia por demanda ejecutiva singular de menor cuantía instaurada por la Electrificadora de Santander S.A.
ESP, en contra de la Fiscalía General de la Nación, con el propósito de que se dicte mandamiento de pago por las sumas adeudadas en virtud de un contrato de suministro de energía en el predio localizado en el municipio de San Pablo, Bolívar, y en el cual funcionaron dependencias de la entidad.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena resuelve con base en la regla de decisión del Auto 708 de 2021, y reiterada en autos 1025 de 2023, 1221 de 2023, 2591 de 2023, 879 de 2023 y 1455 de 2023 que, la jurisdicción ordinaria conocerá de los procesos ejecutivos donde se pretendan cobrar facturas en el marco de un contrato de prestación de servicios públicos domiciliarios, de conformidad con el artículo 130 de la Ley 142 de 1994, el cual fue reformado por el artículo 18 de la Ley 689 de 2001.
Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado 16 Civil Municipal de Bucaramanga para lo de su competencia y para que, en la etapa procesal que corresponda, le comunique la presente decisión al Juzgado 13 Administrativo del Circuito de Bucaramanga y a los demás interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones entre el Juzgado 16 Civil Municipal de Bucaramanga y el Juzgado 13 Administrativo del Circuito de Bucaramanga, en el sentido de DECLARAR que la Jurisdicción ordinaria es la competente para conocer de la demanda ejecutiva presentada por la empresa Electrificadora de Santander S.A. ESP en contra de la Fiscalía General de la Nación.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5304 al Juzgado 16 Civil Municipal de Bucaramanga para lo de su competencia y para que, en la etapa procesal que corresponda, le COMUNIQUE la presente decisión al Juzgado 13 Administrativo del Circuito de Bucaramanga y a los demás interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.